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Qué categoría de Monotributo elijo

La AFIP divide a los pequeños contribuyentes en una escalera de letras (A a K). Tu escalón depende de cuánto facturás y cuánto gastás.

1) Los 4 Parámetros

Para encuadrarte, tenés que mirar estos cuatro valores anuales. El que te dé "más alto" es el que define tu letra.

  • Ingresos Brutos: La suma de todas tus facturas (ventas).
  • Superficie Afectada: Los m2 de tu local u oficina (si tenés).
  • Energía Eléctrica: Los KW consumidos.
  • Alquileres: Cuánto pagás por año de alquiler comercial.

2) Servicios vs Productos

Es la gran división del régimen:

Servicios

Llega hasta la Categoría H (o I según vigencia). Si te pasás de ese monto de facturación, quedás excluido.

Venta de Cosas Muebles

Llega hasta la Categoría K, permitiendo una facturación mayor. Requiere mínimo de empleados en categorías altas.

3) ¿Cómo me categorizo al inicio?

Si es tu primer día, no tenés historial. Tenés que hacer una estimación razonable. Generalmente se inicia en la 'A', salvo que tu alquiler o local ya te obliguen a una categoría superior. A los 6 meses (o en la próxima recategorización semestral) AFIP te pedirá que anualices tus ingresos reales para corregir el tiro.

Importante: La tabla de valores se actualiza frecuentemente por inflación. Siempre chequeá la tabla vigente en la web de AFIP antes de decidir.

¿Dudas con los números?

Elegir mal puede hacerte pagar de más o quedar debiendo impuestos. Un contador te ayuda a hacer la proyección correcta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué parámetros definen mi categoría?

Son 4: Facturación anual bruta, Superficie afectada (m2), Energía eléctrica consumida (anual) y Alquileres devengados (anual).

¿Si recién empiezo, cómo calculo la anual?

Si iniciás actividad, te inscribís estimando tus ingresos. Pasados 6 meses, debés anualizar tus ingresos reales para ver si te recategorizás.

¿Cuál es la categoría más baja?

La categoría A es la inicial. Existe un régimen "Promovido" o "Social" para ingresos muy bajos, pero en el Monotributo general se arranca por la A.

¿Hasta qué categoría puedo vender servicios?

Los prestadores de servicios llegan hasta la categoría I (o H según la tabla vigente). Las categorías superiores (J, K) son exclusivas para venta de cosas muebles (productos).

¿El precio unitario máximo importa?

Sí. Si vendés productos (cosas muebles), el precio de cada unidad no puede superar el monto máximo establecido por AFIP, sin importar en qué categoría estés.