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Recategorización de Monotributo

Dos veces al año tenés la obligación de revisar tus números. Te explicamos cuándo corresponde hacerlo y cómo evitar errores que te cuesten multas.

1) ¿Cuándo se hace?

Las fechas clave son siempre las mismas (salvo prórrogas excepcionales):

Enero

Se evalúan los últimos 12 meses (todo el año anterior).

Julio

Se evalúan los últimos 12 meses (de Julio del año anterior a Junio actual).

2) ¿Qué tengo que mirar?

Para saber si te corresponde cambiar de categoría (letra), sumá los valores de los últimos 12 meses de:

  • Facturación Bruta: Todo lo que facturaste (cobrado o no).
  • Energía Eléctrica: Consumo en KW del lugar de tu actividad.
  • Alquileres Devengados: Lo que pagás por el local u oficina.
¡Ojo! Si tus ingresos superan el tope máximo de la categoría H (servicios) o K (productos), quedás excluido del Monotributo y pasás al calvario del Responsable Inscripto.

3) ¿Cómo hacer el trámite?

Paso 1

Entrá a la web de AFIP con Clave Fiscal y andá al servicio "Monotributo".

Paso 2

El sistema te mostrará tu categoría actual y lo que sabe de vos (facturación electrónica, consumos, etc.). Hacé clic en "Recategorizarme".

Paso 3

Cargá el monto real facturado en los últimos 12 meses y los otros parámetros. El sistema te calculará la nueva categoría.

Paso 4

Confirmá y descargá la nueva credencial. ¡Listo!

Nota: Si al revisar tus números ves que seguís en la misma categoría, NO tenés que hacer nada.

¿Miedo a pasarte del tope?

Si estás cerca del límite de exclusión, un error de cálculo puede ser fatal para tu economía. Consultá a un profesional antes de confirmar nada.

Preguntas Frecuentes

¿Cada cuánto se hace la recategorización?

Se hace dos veces al año: en Enero y en Julio. Se evalúa la actividad de los últimos 12 meses.

¿Qué pasa si no me recategorizo?

Si te correspondía cambiar y no lo hiciste, AFIP puede hacerlo de oficio (automáticamente) y cobrarte la deuda retroactiva más una multa.

¿Si sigo en la misma categoría, tengo que hacer el trámite?

No. Si tus parámetros no variaron o seguís encuadrado en la misma escala, no hace falta hacer nada.

¿Puede ser que baje de categoría?

Sí. Si tu facturación bajó lo suficiente, podés recategorizarte a una letra inferior y comenzar a pagar menos de cuota.

¿Cuándo empiezo a pagar el nuevo importe?

El nuevo importe de la cuota se paga a partir del mes siguiente al trámite (Ej: si recategorizás en Enero, pagás la nueva cuota en Febrero).