Menú

Cómo regularizar Deudas Impositivas

Analizamos las distintas estrategias para salir del rojo: desde planes permanentes hasta moratorias y prescripciones.

1) Diagnóstico de Situación

No pagues a ciegas. Entrá al "Sistema de Cuentas Tributarias" en AFIP para ver qué debés realmente.

  • Deuda Exigible: La que ya venció y no está prescripta. Tenés que pagarla o financiarla.
  • Deuda Prescripta: Deuda vieja (más de 5 o 10 años) que AFIP ya no puede exigirte judicialmente (salvo que la hayas reconocido o te hayan intimado). No la pagues sin consultar.

2) Estrategias de Pago

Plan Permanente

Siempre disponible. Pocas cuotas, tasa de interés de mercado. Sirve para deudas recientes y chicas.

Moratoria

La mejor opción. Quita intereses y multas. Muchas cuotas (60, 120). Solo cuando hay ley vigente.

Pago Contado

La forma más barata si tenés la liquidez. Cortá el interés resarcitorio de raíz.

3) Multas Automáticas

Ojo: No presentar una DDJJ en término genera una multa automática (hoy $200 p/personas, $400 p/empresas), aunque no tengas impuesto a pagar. Regularizar implica presentarla y pagar esa multa reducida.

¿Tu deuda es muy grande?

Antes de consolidar un plan, dejá que un experto revise prescripciones y posibles errores de AFIP.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es una moratoria y cada cuánto sale?

Es un régimen especial ("Perdón Fiscal") que suele sancionar el Congreso. Permite pagar deudas viejas quitando multas y parte de los intereses. No tiene fecha fija, salen esporádicamente (cada 4 o 5 años).

¿Cuándo prescribe una deuda?

Generalmente a los 5 años (para contribuyentes inscriptos) o 10 años (para no inscriptos) contados desde el 1 de enero siguiente al vencimiento. Ojo: si AFIP te intima, el plazo se interrumpe y vuelve a contar.

¿Me pueden embargar las cuentas?

Sí. Si AFIP inicia juicio (Boleta de Deuda), el juez ordena el embargo de cuentas bancarias. Para levantarlo, tenés que pagar la deuda, los honorarios del abogado de AFIP y las costas judiciales.

¿Qué es la "compensación" de saldos?

Si tenés saldo a favor en un impuesto (ej: IVA) y deuda en otro (ej: Ganancias), podés usar ese saldo para "pagar" la deuda sin poner plata. Se hace desde el sistema "Cuentas Tributarias".

¿Puedo regularizar si estoy en juicio?

Sí, pero es más caro. Tenés que adherir al plan "deuda en gestión judicial" y además pagarle los honorarios al agente fiscal que lleva tu causa.